|
    
                         English website       Proximamente
Registrarse

Fundación No-proliferacion para la Seguridad Global - NPSGlobal

SÁBADO
abr 27
Home Material educativo Reportes Informe sobre incidente con armas de destrucción masiva, Ana Teresa Gerardi-Gárate
PDF Imprimir Correo
Share

Informe sobre incidente con armas de destrucción masiva

Seminario de Armas de Destrucción Masiva y No-proliferación 2006, Buenos Aires
Ana Teresa Gerardi-Gárate

Noviembre de 2006

Se describen las entidades nacionales y privadas con responsabilidad para la respuesta en caso de incidentes con armas de destrucción masiva. En cada caso se detalla el marco de responsabilidad de las organizaciones que se mencionan.

Resumen 

Este trabajo presenta un reporte de Organismos y Agencias del Estado nacional y Organizaciones No Gubernamentales (ONGs), con las que puede contar nuestro país para la prevención y respuesta en el caso de un Incidente con Armas de Destrucción Masiva (IADM), ya sean atómicas, radiológicas, bacteriológicas o químicas que pudieran ocasionar una “catástrofe” o sea una grave perturbación del funcionamiento de la sociedad que suponga una amenaza considerable y generalizada para la vida humana, la salud, las cosas o el medio ambiente, con independencia que lo ocasione un accidente, la naturaleza o las actividades humanas y que sobrevenga súbitamente o como resultado de un proceso dilatado y complejo (art. 1°, punto 6, Ley N° 26.164.Convenio de Tampere (Finlandia).

También deberán considerarse los Eventos Traumáticos, que incluyen a los Incidentes Críticos en stress, referentes a lo experimentado por todos los Equipos de Primera Respuesta (EEUU) (1).

Me referiré brevemente a los recursos con los que dichas Organizaciones cuentan, especialmente los Equipos de Primera Respuesta, su entrenamiento y grado de coordinación entre las mismas.

En cuanto a los Incidentes con ADM atómicas y radiológicas, corresponde estar a lo indicado en el Capítulo 5 Núcleo Atómico, 5.10 -Protección Radiológica de la obra “Física Moderna - 2004” del Prof. Luis Roque ARGÜELLO (v. http://www.answerpublishing.com/mail/FisicaModernaIndice.htm.).

ORGANISMOS Y AGENCIAS ESTATALES 
 A) MINISTERIO DEL INTERIOR (Ley de Ministerios N° 22.520), (2): planifica, coordina y supervisa las acciones individuales y de conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policía Federal, a los fines del mantenimiento de la seguridad interior y al Consejo de Seguridad Interior para el mismo objetivo, en lo relativo a las Policías Provinciales.
        Asimismo interviene en todo lo relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de frontera y en la producción de inteligencia e información que compete a las Fuerzas indicadas.
Además, coordina el SISTEMA FEDERAL DE EMERGENCIAS (SIFEM) y coordina y ejecuta las acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los ciudadanos ante hechos del hombre y de la naturaleza, colaborando con los entes nacionales, provinciales o privados, frente a desastres naturales o causados por el hombre, con las medidas necesarias que hacen a la protección de la comunidad.

B) GENDARMERIA NACIONAL: es una Fuerza de Seguridad de naturaleza militar y características de Fuerza Intermedia; depende del MINISTERIO DEL INTERIOR, cumple su misión y funciones en el SISTEMA DE SEGURIDAD INTERIOR (Ley N° 24.059); mantiene relaciones funcionales con el MINISTERIO DE DEFENSA, pues forma parte del SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL (v. art. 9° Ley N° 23.554) y tiene asignada la misión del permanente control y vigilancia de las fronteras y la custodia de los objetivos estratégicos (art.31, ley. cit.).

En la política exterior de la Nación participa en misiones de paz y custodia bienes o personas del Estado Nacional en el exterior. Concilia capacidades militares y policiales en dos planos, principalmente protección y vigilancia de fronteras (Fronteras: Abierta, Cerrada y Tránsito Encauzado), protección interior y para restablecer el Orden Público alterado, ya sea por acción de personas o por agentes de la naturaleza.      

Esta Fuerza ostenta la capacidad del ejercicio del Poder de Policía que compete al Estado, vertebrando en la frontera el Sistema Judicial Federal y neutralizando acciones terroristas. Con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES colabora desempeñando la seguridad en las Legaciones Diplomáticas Argentinas en el Exterior y en el marco de la ONU cumple funciones de monitores policiales y observadores de paz, en razón del carácter militar- policial de su personal (3).

C) MINISTERIO DE SALUD:
 C.1.- Posee un “PLAN GENERAL DE CONTINGENCIA PARA SITUACIONES DE EMERGENCIA EN SALUD PÚBLICA”. Este Plan describe los riesgos, los actores y sus responsabilidades frente a la ocurrencia de eventos adversos así como define los lineamientos básicos y el conjunto de acciones orientadas a planificar, organizar y mejorar la capacidad de respuesta frente a los probables efectos de la situación de emergencia.

El Plan operativo cubre todos los acontecimientos y actividades de preparación, prevención, respuesta y recuperación, que requieran una respuesta sanitaria coordinada. En este sentido, servirá como base para mejorar la coordinación de dicho Ministerio con otros Organismos estatales, Sociedades Científicas, Empresas Privadas, ONGs y con los ciudadanos.

C.2.- El Ministerio aludido es, además, el Organismo nacional responsable y primario para desarrollar las acciones indicadas de preparación, prevención y respuesta e interviene cuando se presentan una o más situaciones de catástrofe o incidentes con ADM.
Por ejemplo: desastres naturales y artificiales, amenazas o incidentes terroristas; Brotes, Epidemias o Pandemias de enfermedades infecciosas; Emergencias de salud animal (fiebre aftosa, influenza aviar, etc.).

El Plan citado es de 2005 y se prevé su revisión anual para que refleje los resultados y experiencias previas, su utilidad y adecuación tanto en situaciones simuladas y simulacros como en eventos adversos y terroristas ya indicados.

C.3.- Coordinador del Plan: Dirección Nacional de Emergencias Sanitarias (DINESA). Responsables: Instituto Nacional de Epidemiología “Dr. J.H.JARA” (B. Blanca) (Centro Nacional de Influenza OMS) también referido a Tuberculosis y Enfermedades Respiratorias; Instituto Nacional de Enfermedades Infecciosas (Capital Federal); Instituto Virológico de Córdoba “Dr. M. VANELLA”; Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias “Dr. Emilio CONI” (Santa Fe); Dirección Nacional de Programas Sanitarios y Dirección de Epidemiología del Ministerio de Salud (Capital Federal); Programa de Vigilancia de la Salud y Control de Enfermedades (VIGI+A) (5) del Ministerio de Salud (que monitorea, entre otros, la resistencia a insecticidas en el control del Aedes Aegypti, así como investiga agentes etiológicos de neumonía atípica y compara los resultados obtenidos con una técnica de diagnóstico precoz) y, eventualmente, los recursos del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS.

C.4.- El Flujograma de acción frente a Contingencias por Emergencias y Desastres del indicado Plan podrá servir de base para una Coordinación con otros Ministerios como INTERIOR, DEFENSA y DESARROLLO SOCIAL. La articulación de este Plan General con el Plan de Respuesta Integrada para Pandemia de Influenza y SARS (incluyendo acá a los Institutos y Centros de la ANLIS-MALBRAN), cubrirá el riesgo de desconocer el inicio de una Epidemia o Pandemia. La DIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGÍA origina el alerta que dará inicio a las actividades de respuesta; la DINESA activa el COES (Comité Operativo de Emergencias Sanitarias), quien, confirmada el alerta, inicia las gestiones para que se declare la emergencia y se active el Plan.

C.5.- El PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS INTOXICACIONES: trata de optimizar el intercambio de información toxicológica y el funcionamiento de las unidades asistenciales de Toxicología Clínica del país y organiza la red de Centros (CIAATs), Laboratorios (LACTs) y otros, para permitir el acceso efectivo a los 16.000 establecimientos asistenciales del país (4). 

D) SERVICIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD (SHYS):
D.1.- Es necesario tener en cuenta que muchos Organismos Públicos y Organizaciones no gubernamentales privadas, cuentan con Planes para respuestas de Emergencia. Estos SHyS son responsables de dichos planes destinados a cubrir desde pequeños eventos a catástrofes.
Aconsejo se interactúe con dichos SHyS de las UNIVERSIDADES NACIONALES.

D.2.- La Facultad de Ciencias Exactas y Naturales (UBA), posee un Plan para casos de incidentes químicos, derrames accidentales o causados que ocurran en sus laboratorios, recibiendo sus integrantes entrenamiento para Respuestas de Emergencias (HDRE) y, si el incidente los superara, el responsable del Servicio está instruido para requerir ayuda de los Bomberos o Agencia responsable del manejo de materiales riesgosos o peligrosos (7).

E) SENASA (Servicio Nacional de Sanidad Animal): implementó un sistema de evaluación toxicológica en el trámite de registro de nuevos plaguicidas de uso agrícola (años 1990/91) y luego ha efectuado concursos de avales ecotoxicológicos, participando también en la preparación del Perfil Nacional para la Gestión de Sustancias Químicas y en los Grupos de Trabajo Técnico del Programa Piloto de Gestión Racional de Sustancias Químicas, en Jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD de la Nación (8).

ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES (ONGs)
F) CENTRO DE INFORMACIÓN QUÍMICA PARA EMERGENCIAS (CIQUIEME) (9). Ha redactado una GUÍA DE RESPUESTA A EMERGENCIAS, junto con oficinas gubernamentales de los EE.UU y Canadá, actualizada en 2004, entre ellos la Agencia para la Asistencia a los Desastres (U.S. OFDA) para que provea ejemplares de la Guía para la realización de sus cursos de “Primera Respuesta a Incidentes con Materiales Peligrosos” (PRIMAP).

Los cursos se dirigen a profesionales y técnicos de empresas que trabajan con sustancias químicas peligrosas, organismos de seguridad, de las FF.AA., de Cuerpos de Bomberos, rescatistas, ingenieros y todo personal con responsabilidades de respuesta ante un accidente con materiales peligrosos. Estos cursos están avalados por el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA), otorgando créditos a los funcionarios públicos nacionales que los hayan aprobado y los soliciten.

Los cursos se desarrollan hasta las actividades sofisticadas de un Equipo de Respuesta a materiales peligrosos completamente equipado.

G) ASOCIACIÓN TOXICOLÓGICA ARGENTINA: entidad multidisciplinaria sin fines de lucro, su acción se desarrolla en el ámbito de la República Argentina (10) , tiene como propósito nuclear a todos los profesionales vinculados al tema toxicológico. 

H) CUERPOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS (Ley N° 25.054), supervisados por la Dirección Nacional de Defensa Civil del MINISTERIO DEL INTERIOR. Existen en el país 622 Asociaciones de Bomberos organizadas para salvaguarda y defensa de la población, con aproximadamente 50.000 hombres y mujeres que no perciben remuneración alguna. El 85 % del Servicio de Bomberos está cubierto por dichas entidades y el 15 % pertenece a brigadas de Bomberos de las Policías provinciales y Federal y de las Fuerzas de Seguridad) (11). 

Recomendación final
Ante la existencia de Jurisdicciones múltiples, dado nuestro sistema federal de Gobierno, deben evitarse problemas de superposición de órdenes o desconexión, desorden e incluso incoherencia entre los Equipos de Primera Respuesta que acudan al incidente con ADM.

La Jefatura de Coordinación o Unidad de Mando, debe estar inserta en un Organismo Federal y el Presidente de la Nación debe presidirla y dirigirla, cuando el Incidente tenga carácter nacional. Las Fuerzas Armadas (en su caso) y de Seguridad, Policías Federales y Provinciales, Bomberos Voluntarios, Servicios de Higiene y Seguridad etc., deberán ser puestas inmediatamente bajo el aludido control operacional directo de esa Jefatura.

Deben considerarse, además, dos posibilidades: si el incidente de ADM ocurre en momentos en que el H. Congreso de la Nación está en receso y no pueda sesionar se debería: a) declarar el Estado de Sitio en el territorio del incidente o en toda la Nación, cuando corresponda, a lo cual lo autorizan los artículos 99 inciso 16 concordante con el 23, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL; b) si el Congreso está sesionando, debería formar un Consejo con el Vicepresidente de la Nación, el Presidente provisional del Senado, el Presidente de la Cámara de Diputados y el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). En defecto de estos funcionarios, aquéllos que los deberían reemplazar.
Le aconsejo que actúe con el previo asesoramiento del Presidente de la CSJN, especialmente al tener que suspender garantías constitucionales, para que en lo posible no se vea afectada la forma de vida y derechos de la población.

 

Fuentes de Información utilizadas:

(1) Manual para el Cuidado de la Salud Mental en los Equipos de Primera respuesta, Santiago VALERO ALAMO, Psicólogo Emergencista. Perú. (Versión http://www.disaster-info.net/LIDERES/spanish/costarica/assets/EUIPOS36.1.doc.).
(2) Decreto N° 357/02 (BO. 23/2/02); Organigrama de la Administración Pública Nacional.
(3) Misión: http://gendarmería.gov.ar/mision.htm
(4) Ministerio de Salud de la Nación:
*Guía sobre las Competencias del Personal de Sistemas de Emergencias Médicas que Responde a Incidentes con Materiales Peligrosos.
*Boletín especial Emergencias Químicas en: www.msal.gov.ar/redartox/documentos.
*Plan de Respuesta integrada para Pandemia de Influenza: http://municipios.msal.gov.ar/aviar/plan
*Documento de Trabajo, 2005, Plan General de Contingencia para Pandemia de Influenza y SARS. (Ministerio de Salud de la Nación).
(5) Programa VIGI+A: http://www.direpi.org.ar/vigia/vigia.htm. (Ministerio de Salud de la Nación).
(6) Programa Nacional de Prevención y Control de las Intoxicaciones (Articulación con otros Programas). (Ministerio de Salud de la Nación -Dirección de Promoción y Protección de la Salud. Email: Esta dirección de email está protegida contra robots de spam. Necesita activar JavaScript para poder verla. ).
(7) Hoja de Datos de Entrenamiento para Respuestas de Emergencias (HDRE)- Facultad de Ciencias Exactas y Naturales –Servicio de Higiene y Seguridad. http://www.fcen.uba.ar/shys/planprot/numeros.htm.
(8) SENASA (en: http:www.ataonline.org.ar/actividades/actividades.htm)
(9) CIQUIME (Centro de Información Química para Emergencias).
http://www.ciquime.org.ar/ y en http:www.proseguridad.com.ve/html/gre.html. Materiales peligrosos (HAZMAT), definiciones y Clasificación ONU. Guía de Respuesta a Emergencias 2004 (GRE 2004), también en http://itfuego.com/gre_2004_novedades.htm. (Instituto Tecnológico del Fuego
(10) Asociación Toxicológica Argentina (ATA). http://www.ataonline.org.ar/institución/quienes
(11) Bomberos Voluntarios: Dirección de Taquígrafos. 9ª. Sesión ordinaria, 15ª. Reunión. Cámara de Diputados de la Nación, 17/7/02, Diputado por Jujuy Miguel Angel GIUBERGIA su proyecto de Ley modificando la N° 25.054, Expte. 1383-D-2002. En: http://www1.hcdn.gov.ar/sesionesxml/reunión.asp.

Asimismo, se han tenido en cuenta las filminas, fotocopias y demás material proporcionado en las ocho Reuniones del presente Curso Armas de Destrucción Masiva - septiembre/noviembre 2006-, por los expositores: Irma ARGÜELLO y Luis Roque ARGÜELLO.
Otras fuentes: “La Guerra Biológica” (Revista Creces, agosto 1999) por Pamela FREDES -Escuela de Priodismo - Seminario de Ciencias y Tecnología de la Universidad Diego Portales (CHILE) (www.creces.cl/new/printart.asp).
- Resolución N° 877/06 (BO. 17/11/06), Secretaría de Programación para la Prevención y la Lucha contra el Narcotráfico s/control de vehículos que transporten sustancias químicas controladas e inscriptas en el Registro Nacional de Precursores Químicos.
- Ley N° 26.164 (no publicada hasta el 29/11/06) s/ aprobación del CONVENIO DE TAMPERE (Finlandia) sobre Suministro de Recursos de Telecomunicaciones para la mitigación de Catástrofes y las Operaciones de Socorro en casos de Catástrofe (18/6/1998)
- Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento Provisional Consentido Fundamentado Previo (PIC) (discusión acerca de la inclusión de insecticidas órganofosforados e influencia sobre agricultores de países en desarrollo que no poseen ropa protectora y equipo mecánico necesario). Argentina lo firmó el 11/7/98 y lo ratificó el 11/6/04, entrando en vigor el 24/2/04. Aún no lo aprobó el H. Congreso.

 

Volver

 


Síganos en