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Fuerte apoyo a la ABACC en el Grupo de Proveedores Nucleares Imprimir Correo
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Itamaraty, Folha.com, NPSGlobal, 27 jun 2011.

En una medida sin precedentes, el Grupo de Proveedores Nucleares reconoció al Acuerdo Cuatripartito firmado por Brasil, Argentina, la Agencia Brasilero-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) y el Organismo Internacional de Energía Atómica como criterio alternativo al Protocolo Adicional del OIEA, en virtud de que ambos países tienen "aún pendiente" la firma de dicho Protocolo.

El motivo principal de la reunión fue reforzar la normativa que limita la transferencia de tecnología, instalaciones y equipos de enriquecimiento de uranio y reprocesamiento de combustible nuclear.

El NSG (por sus siglas en inglés) que realizó en su Vigésimo Primera Reunión Plenaria en Noordwijk, Países Bajos, los días 23 y 24 de junio, es un foro que tiene por objetivo promover la coordinación de las políticas nacionales de los 46 estados participantes en cuanto al control de la transferencia de bienes y tecnología sensibles en el campo nuclear para fines exclusivamente pacíficos.

Después de más de 6 años de negociaciones en el ámbito del Grupo se acordaron nuevas directrices que tienen por objeto reforzar el actual régimen de no-proliferación basado en el Tratado de No proliferación nuclear (TNP).

Tales normas establecen que los proveedores nucleares no deberían autorizarán transferencias de equipos y tecnología de enriquecimiento y reprocesamiento a aquellos Estados que no cumplan con un conjunto mínimo de requisitos a saber: haber firmado y dar cumplimiento estricto al TNP, haber puesto en práctica salvaguardias totales del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), así como también haberse avenido a un monitoreo más extensivo bajo los términos del Protocolo Adicional. Adicionalmente, no haber sido identificado como transgresor, ni haber sido exhortado por la Agencia a tomar medidas adicionales para el cumplimiento de sus acuerdos de salvaguardias o para fomentar la confianza en la naturaleza pacífica de su programa nuclear. 

A estos requisitos se agrega que los países tendrán que acreditar elevados standards de protección física, y seguridad radiológica, a la vez que haber informado al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que están aplicando controles eficaces de las exportaciones, determinados por la Resolución 1540 del citado Consejo.

Sólo 3 estados no han firmado el TNP: India, Israel y Pakistán, a la vez que Irán, Corea del Norte, y Siria están hoy en día en la categoría de incumplimiento de las obligaciones de salvaguardias del OIEA.

La Cancillería brasilera señaló que: “Además de realzar el significado político del Acuerdo Cuatripartito que celebra este año su vigésimo aniversario como modelo de aproximación y fomento de la confianza entre Brasil y Argentina en el campo de los usos exclusivamente pacíficos de la energía nuclear, la decisión del NSG abre nuevas perspectivas para la cooperación internacional y un mayor acceso a tecnologías relevantes para el programa nuclear brasilero.”

Irma Argüello comentó: “La nueva normativa del Grupo de Proveedores Nucleares tiene dos características fundamentales, ambas prometedoras: es más estricta en cuanto sus objetivos de limitar la proliferación, traducido esto en mayores requisitos impuestos a las transferencias de tecnologías sensibles, pero también es más flexible, en cuanto a cuáles requisitos alternativos serán aceptables. El tema de la aceptación como requisito alternativo al Protocolo Adicional del acuerdo regional Argentina-Brasil, cuya expresión práctica es la ABACC, debe leerse con cautela ya que se plantea como una condición transitoria dado que ambos países tienen pendiente la firma del citado Protocolo. O sea que existe en todo esto una componente temporal que juega, así y todo la decisión da muestras de una mayor flexibilidad y de un significativo respaldo a la ABACC.” Agrega que: “En términos generales, es altamente positivo que se reduzcan las posibilidades de acceso a tecnologías sensitivas a aquellos países que hayan decidido permanecer fuera de régimen – los no firmantes del TNP y aquellos otros que transgredan los compromisos asumidos.”

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